Certificado de reciclaje

En el convenio suscrito con el donante, se nos solicita que enviemos al organismo donante un certificado de reciclaje con aquellos items que no puedan ser susceptibles de ser recirculados.

"A partir de los 30 días naturales de la donación de la cedente a la cesionaria, la cesionaria o sus colaboradores han de librar digitalmente a la cedente un certificado con la relación de los dispositivos que no han podido restaurarse y que se destina a reciclaje, en el que constará el nombre de la organización que hace el reciclaje, la fecha, la relación de números de inventario de la cedente, la marca y el modelo del dispositivo"

El certificado de reciclaje puede seguir el modelo de esta plantilla.

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