Albarán de conformidad
Aunque el organismo donante nos ha adjuntado un primer albarán junto a la donación, este albarán se ha de complementar con otro albarán en el que se vinculen los id del donante con los id de eReuse.
Aunque el organismo donante nos ha adjuntado un primer albarán junto a la donación, este albarán se ha de complementar con otro albarán en el que se vinculen los id del donante con los id de eReuse (este punto no será necesario si el inventario se ha realizado in situ).
Según dicte el convenio (punto 4.), cuando la cedente dona a la cesionaria los dispositivos, ésta ha de firmar un albarán con el detalle del material donado y entregárselo telemáticamente a la cedente en un plazo de 30 días naturales un documento en el que conste:
1) La identificación de los dispositivos (número de inventario de la cedente) 2) La marca y el modelo de los dispositivos cedidos, 3) La identificación de los dispositivos del fabricante o el número de serie (identificador del fabricante), 4) La organización colaboradora de la cesionaria a la que ésta hace la cesión 5) La tipología de los dispositivos que se definen como "para reutilizar" o "para reparar"
Este albarán debe de ser enviado al donante, junto al documento de no conformidades (en el caso de que sea necesario). Ver apartado "¿Qué hacer en caso de inconformidad con el albarán de recogida?
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